viernes, 24 de septiembre de 2010

ACTOS PERLOCUTIVOS

ACTOS PERLOCUTIVOS 

Otra posible respuesta a la pregunta con la que empieza este capítulo es:

(g)  Izquierdo está convenciendo a su interlocutor de que le preste 5 euros.

¿Significa eso que convencer es, lo mismo que pedir o prometer, un acto ilocutivo? La respuesta es negativa. Convencer es más bien un efecto en el oyente de la realización de determinados actos ilocutivos; convencer es lo que Austin denomina un acto perlocutivo y Fogelin un acto conversacional. Los actos perlocutivos son lo efectos que el acto ilocutivo produce en los sentimiento, pensamientos o acciones del auditorio o del hablante. De forma aproximada podríamos decir que el acto ilocutivo se lleva a cabo al decir algo mientras que el acto conversacional o perlocutivo es el efecto producido al decir algo.

La caracterización de los actos perlocutivos plantea dos cuestiones: (1) ¿Cómo distinguir actos ilocutivos y actos perlocutivos? y (2) ¿Qué distingue a los actos perlocutivos de otros efectos de los actos ilocutivos?

Para responder a la primera cuestión necesitamos la noción de verbo realizativo. Lo que caracteriza a los verbos realizativos es una asimetría entre la primera persona del singular del presente de indicativo y sus restantes formas. Cuando se usa el verbo en primera persona del presente de indicativo se ejecuta la acción correspondiente mientras que en las restantes formas se describe esa acción. Así al decir 'Prometo que iré' se está realizando una promesa mientras que al decir 'Promete que irá' o 'Prometí que iría' se está describiendo la acción de prometer, no realizándola. Prometer es pues un verbo realizativo, lo mismo que felicitar, ordenar o afirmar.. Por el contrario, al decir 'Te convenzo de que vayas' no estoy convenciendo a mi interlocutor de modo que convencer no es un verbo realizativo.

La noción de verbo realizativo permite formular un test para la distinción ilocutivo versus perlocutivo: cuando un verbo es realizativo, denota un acto ilocutivo. Por consiguiente los verbos que denotan actos o efectos perlocutivos no son realizativos. Este test ha de entenderse como una indicación útil a la hora de distinguir entre actos locutivos e ilocutivos. Hay excepciones a la correspondencia realizativo/ilocutivo y no realizativo/perlocutivo. Una de esas excepciones es insultar. Insultar es un acto ilocutivo expresivo pero decir "Te insulto" no es insultar (la explicación hay que buscarla en las normas de la cortesía). En otros casos el resultado del test no es claro. Considérese la siguiente oración ?Dudo que se esté aplicando una política sostenible a largo plazo?. Cuando alguien la emite en circunstancias apropiadas, ¿está poniendo algo en duda o está manifestando sus dudas? Por una parte se parece a ? Afirmo que la política que se está aplicando no es sostenible a largo plazo?, lo que llevaría a considerar dudar (o poner en duda) como un acto ilocutivo asertivo, que se diferenciaría de afirmar por su grado de fuerza. Pero por otra parte también se parece a ?No estoy convencido de que se esté aplicando una política sostenible a largo plazo?, lo que llevaría a clasificar dudar como un acto perlocutivo. Lo que está detrás del test propuesto es que los actos ilocutivos son convencionales y en cuanto tales pueden hacerse explícitos mediante la correspondiente fórmula realizativa ("Prometo...", "Te felicito", "Afirmo que...", etc.). Los actos perlocutivos no son esencialmente lingüísticos y pueden no corresponder a las intenciones del hablante. Por tanto, los efectos perlocutivos pueden lograrse sin realizar actos de habla.

No todos los efectos del acto ilocutivo son actos perlocutivos. Los actos ilocutivos tienen consecuencias inherentes de tres tipos. En primer lugar, asegurar la captación de lo dicho y su fuerza por parte del auditorio. En segundo lugar producir cambios sancionados institucionalmente. En tercer y último lugar, invitar a secuelas o respuestas por convención. Volviendo al ejemplo de la viñeta, son efectos inherentes al acto ilocutivo 1) que el oyente entienda que Izquierdo le está pidiendo dinero; 2) que el oyente se de cuenta de que Izquierdo le está pidiendo una respuesta. No son, pues, efectos perlocutivos. Los efectos inherentes al acto ilocutivo acompañan siempre a una realización no defectuosa del procedimiento convencional correspondiente; los efectos ilocutivos, que pueden ser intencionados o no, pueden darse o no, aún cuando el procedimiento convencional para la realización del acto de habla se haya ejecutado de manera impecable.

ACTOS DE HABLAN


Actos de habla

Un acto de habla es un tipo de acción que involucra el uso de la lengua natural y está sujeto a cierto número de reglas convencionales generales y/o principios pragmáticos de pertinencia.
La escuela de Oxford y la pragmática siguen a Peter Strawson y John Searle en tanto que consideran que "acto de habla" se refiere usualmente a lo mismo que se designa con "acto ilocutivo", término a su vez acuñado por John L. Austin en ¿Cómo hacer cosas con palabras?, publicado póstumamente en 1962.
De acuerdo al hecho por Franklin Franco Peña con Austin, el "acto ilocutivo" se da en la medida en que la enunciación constituye, por sí misma, cierto acto, entendido como transformación de las relaciones entre los interlocutores o con los referentes. Un ejemplo clásico es que al decir "lo prometo" o "sí, acepto" (en una ceremonia matrimonial) estamos, a la vez que hablando, realizando el acto. En este sentido, el "acto de habla", es decir, la emisión del enunciado puede realizarse en forma oral o escrita, siempre y cuando se lleve a cabo la realización de una acción mediante palabras.
El efectuar un acto de habla, expresando una oración correcta gramaticalmente y con sentido, implica un compromiso con el entorno. Un acto de habla puede ser solicitar información, ofrecer, disculparse, expresar indiferencia, expresar agrado o desagrado, amenazar, invitar, rogar, etc.
El acto de habla consta de tres niveles elementales:
  • Acto locutivo: es la idea o el concepto de la frase, es decir, aquello que se dice.
  • Acto ilocutivo: es la intención o finalidad concreta del acto de habla.
  • Acto perlocutivo: es el (o los) efecto(s) que el enunciado produce en el receptor en una determinada circunstancia.
También, los actos de habla se pueden dividir en dos tipos:
  • Actos directos: son aquellos enunciados en los que el aspecto locutivo e ilocutivo coinciden, es decir, se expresa directamente la intención.
  • Actos indirectos: son aquellas frases en las que el aspecto locutivo e ilocutivo no coinciden, por lo tanto la finalidad de la oración es distinta a lo que se expresa directamente.
Searle, quien siguió el análisis de Austin sobre los enunciados de acción o "performativos" y se centró en lo que aquél había llamado actos ilocucionarios (actos que se realizan diciendo algo), desarrolló la idea de que diversas oraciones con el mismo contenido proposicional pueden diferir en su fuerza ilocucional, según se presenten como una aseveración, una pregunta, una orden o una expresión de deseo.
Según Searle, las fuerzas ilocucionales de un acto de habla pueden describirse siguiendo reglas o condiciones especificables, dadas tanto por las circunstancias como por el propósito que se sigue en diferentes actos ilocucionarios.

domingo, 22 de agosto de 2010